lunes, diciembre 04, 2006

¿Porqué las descargas de P2P son delito?

Estoy harto ya de estar harto con las múltiples leyendas urbanas sobre el tema: la guardia civil registrándome el coche y poniéndome contra la pared por tener copias de CDs; invasión de mi hogar para verificar las descargas ilegales de mi ordenador; demandas millonarias por demostrar que a través de mi IP se habían "bajado" cientos de horas de video... ¿Cuál es el "estado del arte" de este tema?, ¿es delito descargarse música o películas a través de programas P2P?

Lo primero que suelo hacer, casi siempre, es visitar el blog del maestro Dans y, mira por dónde, habla del tema en un artículo bastante reciente, titulado "No es delito, no es delito", de lectura imprescindible. En resumen, se apoya en un razonamiento lógico y en algunas “pistas”, como la jueza de Santander que sentencia que el uso personal y la ausencia de lucro impiden la consideración de delito.

Aunque se que el profesor Dans está mucho más puesto que yo, y lo que ya tengo me satisface sobremanera, sigo buscando más datos y me voy a la Asociación de Internautas, donde encuentro el mismo argumento anterior, que no, que no, que no es delito, además de muchas otras dudas resueltas, como si puedo “publicar” agujeros de seguridad en alguna Web… Pero, ¿qué van a decir en esta Asociación?. Tengo que seguir un poco más.

En Mangas Verdes encuentro un poco más de detalle, comentando una Circular de 5 de mayo de 2006 de la Fiscalía General del Estado sobre los delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial tras la última Reforma de la Ley Orgánica. "A ver si te enteras, que NO ES DELITO"...

Pero no todo iba a ser tan sencillo. Buscando y rebuscando, se encuentra un interesante artículo, publicado por Xavier Ribas durante la tramitación de la Reforma del Código Penal, en el que se nos muestra otra interpretación, más restrictiva, sobre el uso de las redes de intercambio de ficheros. Una opinión a tener en cuenta, ya que Xavier Ribas es uno de los expertos más reputados en España sobre propiedad intelectual y representante legal de la BSA.

En cualquier caso, yo estoy más que tranquilo…, al menos de momento! ¿y vosotros??

No hay comentarios:

Creative Commons License
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.